Según el Gobierno, la propuesta fortalece la protección del propietario al agilizar los procesos judiciales, aunque todavía requiere la aprobación definitiva de la Cámara de Diputados para convertirse en ley.
El punto central de la norma es la implementación del procedimiento sumarísimo, que permite reducir significativamente los plazos tradicionales de la justicia. Con esta herramienta, se estima que un proceso de desalojo podría resolverse en un periodo de dos meses o incluso menos, simplificando además las notificaciones y las diligencias judiciales para evitar dilaciones innecesarias.
En casos específicos de falta de pago, el propietario deberá intimar previamente al inquilino otorgándole un plazo mínimo de 10 días corridos para regularizar su situación. Una vez vencido ese tiempo, el dueño podrá solicitar la restitución anticipada del inmueble bajo caución juratoria, lo que permite que el desalojo se ejecute de manera anticipada mientras el juicio continúa su curso.
La ley también contempla situaciones de vulnerabilidad, disponiendo la intervención de organismos de protección cuando haya menores, personas con discapacidad o adultos mayores involucrados. En estos casos, el juez podrá otorgar un plazo de hasta 10 días para encontrar una alternativa habitacional transitoria, pero con la particularidad de que esto no suspenderá el avance del proceso judicial.
Finalmente, el proyecto establece que el locador no podrá rechazar la entrega de llaves, aunque podrá reclamar deudas pendientes de forma posterior. Para prevenir abusos, se dispone que si la Justicia determina que el desalojo fue injustificado, el propietario deberá indemnizar al inquilino y podría enfrentar multas de hasta 10 veces el valor del alquiler si ocultó información deliberadamente.





