Reforma laboral: el Gobierno reglamentó el cálculo de los aportes y cuotas sindicales

20 de julio 2026, 17:52hs

El Gobierno nacional dio un nuevo paso en la consolidación de la reforma laboral al reglamentar, a través del Decreto 612/2026 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el mecanismo oficial para calcular los aportes y contribuciones sindicales previstos en los convenios colectivos de trabajo. Con la nueva disposición, conceptos clave como las horas extra, el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), los bonos y las sumas no habituales quedarán formalmente excluidos de la base imponible de dichas cuotas.

La norma se encuadra en la reglamentación de la Ley de Modernización Laboral y busca, según argumentó la administración central, otorgar certeza jurídica a la negociación colectiva y evitar interpretaciones arbitrarias que encarezcan los costos laborales antes de la homologación de nuevos acuerdos.

Qué conceptos integran la base y cuáles quedan excluidos

El decreto puntualiza de forma taxativa que la base de cálculo para las cuotas gremiales estará conformada de forma exclusiva por el salario básico convencional de la categoría del trabajador y por las sumas remunerativas normales, habituales y de pago mensual.

A partir de la entrada en vigencia de la medida, quedan explícitamente excluidos del cálculo los siguientes ítems:

  • Horas extraordinarias de trabajo.

  • Premios, bonos y pluses por productividad.

  • Participación en las ganancias de la empresa.

  • Sueldo Anual Complementario (aguinaldo).

  • Plus vacacional.

  • Sumas no remunerativas.

  • Cualquier concepto no habitual o sin periodicidad mensual.

Objetivo oficial: Desde el Poder Ejecutivo remarcaron que el establecimiento de un criterio uniforme para todos los futuros convenios evita que las retenciones crezcan artificialmente ante cobros extraordinarios del trabajador, aliviando la carga sobre empleadores y dependientes.

Cuentas separadas y mayor fiscalización sobre fondos gremiales

Además de fijar la base salarial, la reglamentación dispone mayores exigencias en materia de transparencia para las organizaciones sindicales que perciban contribuciones patronales con fines específicos.

Las entidades gremiales deberán llevar una administración especial y separada del resto de su patrimonio para todos aquellos fondos destinados a obras sociales, asistenciales, previsionales o culturales. Para ello, deberán presentar documentación contable diferenciada que permita garantizar la trazabilidad de los recursos y facilitar el control previo a la homologación de los convenios colectivos.

La normativa entró en vigencia a partir de este lunes 20 de julio de 2026, fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

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