El Gobierno nacional introdujo cambios drásticos en el sistema jubilatorio con la eliminación de la moratoria previsional, impactando directamente el acceso a la pensión por viudez. Esta medida significa un recorte indirecto en el alcance de la protección previsional, limitando el acceso futuro para quienes no cumplan con los nuevos requisitos.
Ahora, solo podrán jubilarse quienes hayan registrado aportes durante 30 años. Para aquellos que no alcancen esta cantidad de años de contribuciones, la única alternativa es la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Sin embargo, la PUAM, que otorga un haber equivalente al 80% de la jubilación mínima, no genera derecho a pensión por fallecimiento para sus cónyuges o convivientes, incluso si el fallecido realizó aportes parciales.
A pesar de estas modificaciones, la pensión por viudez continúa vigente para quienes cumplen con los requisitos del régimen previsional tradicional. Este beneficio sigue disponible para los familiares de personas fallecidas que accedieron a la jubilación a través del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
El beneficio puede ser solicitado por cónyuges (con partida de matrimonio actualizada), convivientes (acreditando al menos cinco años de convivencia, o dos si hubo hijos en común) o hijos (si son menores de 18 años, solteros y sin otra prestación, o sin límite de edad en casos de discapacidad). El trámite puede realizarse de forma sencilla a través del sitio web oficial de ANSES o su aplicación Mi ANSES.
En síntesis, mientras que la pensión por viudez sigue disponible para quienes ya estaban dentro del sistema, su alcance futuro se restringe significativamente. Aquellos que, sin la posibilidad de una moratoria, no puedan acumular los 30 años de aportes quedarán limitados a la PUAM, sin derecho a que sus parejas accedan a prestaciones derivadas.





