La Legislatura del Chaco sancionó por unanimidad la Ley Nº 3078-G, cuyo proyecto original fue presentado por la diputada Elida Cuesta, donde se establece la obligatoriedad de instalar en todos los espacios públicos y privados con afluencia de público, un desfibrilador externo automático. La ley intenta reforzar los recursos que atiendan emergencias cardiovasculares. La norma aprobada establece además que se capacite al personal que estará a cargo del desfibrilador promoviendo la formación en técnicas de Reanimación Cardiopulmonar Básica (RCP).
La ley deja en claro que el lugar donde esté instalado el desfibrilador deberá estar señalizado por carteles e instructivos con el procedimiento a seguir para la utilización del mismo.
La diputada Cuesta, al pedir la aprobación de su proyecto, recordó que hay una ley nacional que establece la obligatoriedad de tener desfibriladores en todos los espacios y edificios públicos y privados, pero que esto no se estaba cumpliendo en la provincia del Chaco. “Por eso creo necesario adherir a esa ley, y agregar aspectos como el hacer obligatorio en todos los espacios públicos tener estos aparatos, ya que pueden salvar una vida que está en juego por cuestión de segundos. Nadie está exento de que ocurra esto en su lugar de trabajo, entonces vamos a hacer una capacitación para todos nuestros trabajadores con gente especializada para que aprendan las técnicas de reanimación y las apliquen correctamente”.