Anularon el fallo que reconocía al Parque Caraguatá como sujeto de derecho

El tribunal consideró que el conflicto había perdido vigencia al momento de resolverse.
11 de julio 2026, 9:37hs

La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia revocó la sentencia que había reconocido al Parque Caraguatá como sujeto de derecho y ordenado frenar toda intervención sobre el predio, al considerar que la causa se había vuelto abstracta.

Los jueces entendieron que las tareas cuestionadas ya habían concluido antes de que se dictara el fallo de primera instancia, por lo que dejaron sin efecto tanto la medida cautelar como la orden de realizar un diagnóstico ambiental integral.

La resolución aclaró que no se pronunció sobre el reconocimiento del humedal como sujeto de derecho, sino que evitó analizar esa cuestión al considerar que ya no existía un conflicto concreto que resolver.

Como parte de los fundamentos, el tribunal recordó que durante una constatación realizada en marzo se informó que las tareas de saneamiento y limpieza habían finalizado pocos días después de iniciarse, situación que modificó el escenario jurídico del expediente.

Finalmente, la Cámara sostuvo que tampoco corresponde una intervención judicial respecto de posibles obras futuras, ya que no existe un proyecto en ejecución y se indicó que cualquier nueva actuación quedará supeditada a un estudio de manejo ambiental.

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