Se actualiza el Monotributo: qué cambios llegan desde agosto y a quiénes afecta

14 de julio 2025, 7:45hs

El Gobierno nacional confirmó este domingo la esperada actualización del Monotributo. El nuevo tope de facturación anual pasará de $82 millones a $95 millones, según anunció el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari.

El funcionario explicó que este nuevo límite equivale a unos 74.500 dólares anuales, y lo comparó con los apenas 6.300 dólares por año que regían en diciembre de 2023, al momento de asumir el actual gobierno.

La modificación llega junto con la actualización semestral del Impuesto a las Ganancias, determinada por el índice de precios al consumidor (IPC). También se ajustan las categorías, cuotas mensuales y demás parámetros del régimen simplificado para pequeños contribuyentes.

Nuevas escalas del Monotributo

Con esta actualización, la categoría A del Monotributo pasará a tener un límite de facturación anual de $9 millones, mientras que la categoría más alta (K) se eleva a $95 millones.
En consecuencia, las cuotas mensuales también sufrirán incrementos estimados entre el 15,3% y el 15,6%, dependiendo de la categoría.

Por ejemplo:

  • La cuota de la categoría A pasará de $32.221 a más de $37.000.
  • La categoría B subirá de $36.679 a más de $42.000.
    Los nuevos valores regirán desde agosto de 2025 hasta enero de 2026.

Recategorización: cómo y hasta cuándo hacerla

Con las nuevas escalas, se habilita el período de recategorización semestral, que estará vigente hasta el 5 de agosto.
Deberán realizarla quienes hayan tenido cambios en sus ingresos, superficie del local, alquileres devengados o consumo eléctrico en los últimos 12 meses.

No deberán hacer ningún trámite quienes:

  • Mantengan su categoría actual sin cambios.
  • Tengan menos de seis meses de actividad.

La recategorización se hace ingresando al portal de ARCA con clave fiscal. Si un contribuyente no se recategoriza o lo hace incorrectamente, el organismo puede recategorizarlo de oficio, en base a gastos, acreditaciones bancarias o compras detectadas.

Por último, se actualizaron también las deducciones del Impuesto a las Ganancias:

  • El mínimo no imponible para solteros sin hijos pasará de $2,3 millones a $2,6 millones mensuales.
  • Para un contribuyente casado con dos hijos, sube de $3 millones a cerca de $3,5 millones.
    Además, se incrementan los montos deducibles por alquiler, gastos educativos o servicio doméstico, que deben cargarse en el formulario F572Web a través del sistema Siradig.

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