El Gobierno argentino aprobó una nueva reglamentación para los tiempos máximos de vuelo, períodos de descanso y excepciones para las tripulaciones de la aviación civil aerocomercial. Esta decisión, formalizada mediante el Decreto 378/2025 publicado el 4 de junio de 2025 en el Boletín Oficial, deroga el Decreto 877/2021 y busca otorgar mayor libertad a los operadores aéreos para fijar sus propios tiempos de servicio, siempre que se garantice la seguridad operacional. La normativa, que entrará en vigencia a los treinta días de su publicación, afecta a todas las empresas y trabajadores del sector aerocomercial.
Para los pilotos de vuelos regulares, la normativa establece un límite de 1.000 horas de vuelo por año calendario y 120 horas por mes calendario. Los tiempos máximos de vuelo varían según la composición de la tripulación, pudiendo extenderse hasta 17 horas con tres pilotos o 19 horas con cuatro pilotos en casos de tripulación aumentada y con instalaciones de descanso adecuadas. Respecto al descanso, el mínimo para los tripulantes de vuelo será igual a la duración del servicio inmediato anterior, pero nunca inferior a 10 horas consecutivas, y se garantizarán al menos 30 horas de descanso cada 168 horas consecutivas, además de 15 días anuales de vacaciones.
En cuanto a los tripulantes de cabina de pasajeros, el tiempo máximo de servicio no podrá exceder las 14 horas, aunque puede ampliarse a 16 o 18 horas con la incorporación de tripulantes adicionales. Para el transporte aerocomercial no regular, los pilotos podrán volar hasta 1.400 horas anuales y 500 horas trimestrales. El reglamento también contempla un régimen de excepciones que permite incrementar los tiempos máximos de vuelo y servicio hasta un 20% en 24 horas y un 10% en un mes calendario en circunstancias operativas imprevistas, emergencias o desastres, exigiendo un informe detallado del comandante y un registro especial por parte del explotador.
La justificación oficial para estos cambios radica en que la anterior reglamentación generaba "asimetrías en la industria aeronáutica" al imponer condiciones propias de una negociación privada a todo el sector, "violentando la libertad de organización y dirección". El nuevo decreto busca alinear la normativa argentina con los estándares internacionales, tomando como referencia el Anexo 6 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional de la OACI, que establece normas sobre gestión de fatiga, limitaciones de tiempo de vuelo y requisitos de descanso. Se subraya que la función del Estado es establecer la regulación estrictamente necesaria para la seguridad operacional, permitiendo a las partes establecer las condiciones específicas de cada actividad.
Este paquete de medidas genera una fuerte reacción en el sector. La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) anunciaron un paro total de actividades para el martes 10 de junio de 2025, entre las 18:00 y las 02:00 del día siguiente, afectando las operaciones de Aerolíneas Argentinas en Aeroparque y Ezeiza. El gremio justifica la medida por "inaceptables incumplimientos convencionales", un "prolongado retraso en la pauta salarial" y la "falta de un plan de desarrollo profesional y una estrategia clara" para el futuro de la compañía, en un contexto de creciente tensión y desregulación del sector aerocomercial.