Operativos "anti-trapitos": cuál es el marco legal

Gisela Gauna Wirz, Defensora General Adjunta del Poder Judicial del Chaco, advirtió en Radio Facundo Quiroga que la policía carece de facultades para actuar ante infracciones municipales si no existe un delito previo.
26 de mayo 2026, 13:26hs

El debate sobre la regulación de los "trapitos" en Resistencia genera controversia por la falta de sustento jurídico en las detenciones policiales recientes. En diálogo con Radio Facundo Quiroga, la Defensora General Adjunta del Poder Judicial del Chaco, Gisela Gauna Wirz, analizó la situación: "A simple vista, esta actividad no estaría encuadrando dentro de ninguna norma y por eso se le pidió informe a Jefatura de Policía para saber por qué se procedió a la detención". Respecto a la falta de claridad en los procedimientos filmados por la propia fuerza, señaló: "No se encuentran los fundamentos en el video en base a qué artículo del Código de Faltas o del Código Procesal Penal se procedió de esa forma". 

La competencia de las fuerzas de seguridad provincial se encuentra limitada por la autonomía de las normas locales que regulan el espacio público. Sobre la imposibilidad de que la policía actúe como organismo de aplicación de ordenanzas, Gauna Wirz precisó: "Por más de que existiera esta ordenanza, la Policía no estaría facultada para actuar, porque sería del ámbito municipal y tendrían que intervenir los inspectores". En relación a los principios jurídicos que rigen las contravenciones en el Chaco, manifestó: "Una mera prohibición municipal no convierte la conducta en delito ni en contravención porque el Código de Faltas prohíbe crear sanciones por analogía". 

La intervención de la Defensoría General busca resguardar las garantías constitucionales de los ciudadanos ante posibles abusos de poder. Al describir las condiciones necesarias para una actuación policial legítima frente a un trabajador informal, la funcionaria puntualizó: "Si una persona viene a ofrecer sus servicios sin ningún tipo de amenaza o extorsión: ¿Por qué intervendría la policía?". En cuanto a la función del organismo ante estos operativos, sostuvo: "Trabajé en base a un control de legalidad y de protección de Derechos Humanos de personas que no tienen absolutamente nadie que los defienda". Finalmente, sobre el trámite administrativo iniciado, concluyó: "El pedido de informe tiene fecha de 15 de mayo y ya nos contestarán para saber a qué obedeció esa actuación". 

Este artículo fue creado a partir de una entrevista en vivo. Las personas mencionadas y/o involucradas en el mismo tienen su correspondiente derecho a réplica que puede coordinarse comunicándose a la producción al número 362 481-5204.

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