La Justicia Federal ordenó reparar un pabellón de la U7 tras constatar graves deterioros

La medida fue dispuesta por la Cámara Federal de Resistencia, que hizo lugar a un hábeas corpus colectivo presentado en nombre de los internos del Pabellón 10.
8 de junio 2025, 17:46hs

La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia ordenó al Servicio Penitenciario Federal llevar a cabo refacciones urgentes en el Pabellón 10 de la Unidad Penal Nº 7, luego de hacer lugar a una acción de hábeas corpus colectivo presentada por los internos. La medida revoca una resolución previa del Juzgado Federal N°1, que había rechazado el planteo pese a las denuncias sobre condiciones edilicias precarias. Para las magistradas que integran el tribunal, el estado del pabellón atenta contra la dignidad y la integridad de las personas privadas de libertad.

El caso se inició con una denuncia que describía un panorama de abandono estructural: techos caídos, pisos rotos, sanitarios inservibles y mobiliario insuficiente o en mal estado. El reclamo fue acompañado por los defensores oficiales, quienes lograron que la Cámara interviniera tras el rechazo de la jueza de primera instancia. Pese a que el propio Servicio Penitenciario reconoció la existencia de fallas, intentó justificar la situación en un presunto uso inadecuado de las instalaciones por parte de los detenidos.

En su fallo, las juezas Rocío Alcalá y Patricia García señalaron que las deficiencias estaban suficientemente acreditadas y que el episodio de violencia institucional que agravó los daños no eliminaba la necesidad de garantizar condiciones básicas de alojamiento. Además, remarcaron que ni la falta de presupuesto ni la supuesta transitoriedad del pabellón pueden usarse como excusa para eludir obligaciones constitucionales. También cuestionaron la ausencia de datos oficiales sobre el grado de hacinamiento y la distancia de los internos respecto de sus familias.

El tribunal ordenó al SPF reparar techos, sanitarios, paredes y ventanas, y proveer el mobiliario necesario. Asimismo, dispuso que la jueza de primera instancia supervise la ejecución de estas medidas y exigió que, en un plazo de cinco días, se actualice el listado de internos con sus respectivos lugares de residencia familiar. El fallo recupera estándares internacionales como las Reglas Nelson Mandela y los pronunciamientos de la CIDH, recordando que incluso en contextos de encierro deben respetarse condiciones mínimas de humanidad.

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