Mandá tu info, fotos, videos o audios al 3624-815204
de de

El Gobierno regularizó el Impuesto a las Ganancias: con los sueldos de julio comienza el primer pago

Esta medida afectará a aproximadamente 800 mil empleados que hasta ahora estaban exentos.

22/07/2024 - 8:14

Compartí en redes:

El Gobierno Nacional reglamentó este lunes la reforma al Impuesto a las Ganancias establecida en la Ley de Medidas Paliativas y Relevantes. Según el nuevo decreto 652, los trabajadores solteros que ganen más de 1,8 millones de pesos brutos, y aquellos casados con ingresos superiores a 2,2 millones, comenzarán a tributar ganancias desde los sueldos que recibirán en agosto.

Esta medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, afectará a aproximadamente 800 mil empleados que hasta ahora estaban exentos. El umbral de ingresos para el inicio del pago es significativamente más bajo, dado que los ingresos que superen los 15 sueldos mínimos (que en julio se situarán en 3,5 millones de pesos) son los que ahora estarán sujetos al impuesto.

La reforma recupera la cuarta categoría del impuesto, representando un 0,4% del Producto Bruto Interno. Esto permitirá al Gobierno mantener el déficit fiscal y proporcionar más fondos a los gobernadores, que habían perdido recursos tras los cambios en 2023 promovidos por el entonces candidato presidencial Sergio Massa.

Un aspecto polémico de la ley es la inclusión de horas extras y premios en el cálculo del impuesto. Además, se elimina la alícuota diferencial para trabajadores de la Patagonia, que existía bajo la administración de Alberto Fernández.

Los trabajadores solteros con ingresos de hasta 1,8 millones de pesos brutos (1,5 millones netos) deberán pagar una alícuota del 5% sobre el excedente de 300 mil pesos. Aquellos con ingresos de 2,5 millones de pesos brutos enfrentarán una alícuota mayor, y los que ganen más de 4,9 millones de pesos brutos deberán abonar el 35%.

Para los trabajadores casados, el tributo aplicará a quienes ganen más de 2,2 millones de pesos brutos (1,9 millones netos), con alícuotas progresivas que llegan hasta el 35% para salarios de 5,5 millones de pesos brutos.

La actualización del mínimo no imponible se realizará en septiembre de este año y, a partir de 2025, se efectuará en enero y julio. Este ajuste se basará en el índice de precios al consumidor publicado por el Indec.

El decreto establece un ajuste excepcional en septiembre por el coeficiente de variación del índice de precios correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024. La próxima actualización en enero de 2025 se basará en la variación del índice para los meses de septiembre a diciembre de 2024.

MÁS LEÍDAS

NOTICIAS QUE TE PUEDEN INTERESAR