En su habitual columna sobre Derecho Exprés en Radio Facundo Quiroga, el abogado Carlos Althabe abordó el tema de las convenciones matrimoniales y explicó la importancia de realizar acuerdos previos al matrimonio para definir cómo se administrarán los bienes dentro de la pareja. “Son acuerdos que celebran los futuros contrayentes para arreglar las relaciones patrimoniales entre ellos y eventualmente entre terceros en el momento que estén casados”, indicó.
Estos convenios, que deben realizarse antes de firmar el acta matrimonial, permiten dejar constancia de los bienes y deudas que cada parte aporta al matrimonio, así como también optar por uno de los dos regímenes previstos por la ley: comunidad de bienes o separación de bienes. “Es una forma de resguardarse hacia el futuro”, señaló, y agregó que también se puede incluir información sobre donaciones entre los cónyuges.
El abogado explicó que, si bien antes de la reforma del Código Civil y Comercial en 2015 solo existía el régimen de comunidad de bienes, ahora se puede optar por la separación patrimonial. “Cada uno puede adquirir bienes con su patrimonio, independientemente de que esté casado, y esos bienes no van a dividirse en caso de divorcio”, detalló.
Además, Althabe recomendó que cada contrayente consulte con su propio abogado para tener una orientación clara y precisa sobre los alcances del acuerdo. “Lo conveniente es que cada uno se asesore con su propio letrado. A veces es difícil aconsejar a ambos porque los intereses pueden ser distintos”, sostuvo.
Finalmente, aclaró que las convenciones pueden modificarse con el tiempo, siempre que ambos cónyuges estén de acuerdo y haya pasado al menos un año desde el último cambio. “Es posible que aunque no lo quieran, exista un divorcio. Por eso es mejor arreglarlo antes de casarse y dejar todo claro desde el inicio”, concluyó.