La Cámara Segunda en lo Criminal de Presidencia Roque Sáenz Peña anuló la declaración de imputada de Lidia Mabel Ojeda y los actos posteriores que derivaron de ella, al considerar que la acusación formulada por la Fiscalía no describía de manera concreta cuál habría sido la conducta de la mujer vinculada con las lesiones gravísimas sufridas por F. A. E., quien terminó con la amputación de su pierna izquierda. La decisión fue adoptada por la jueza Rosana Mariela Glibota mediante la Resolución N.º 178, del 26 de agosto.
El planteo había sido presentado por los abogados defensores César Andrés López y Felipe Francisco Fontanetto contra la prisión preventiva que había sido dictada en la causa. La defensa cuestionó que la Fiscalía atribuyera a Ojeda no haber realizado “las maniobras necesarias” para evitar el agravamiento del cuadro de salud del joven, sin especificar cuáles eran esas acciones, qué habría hecho o dejado de hacer la imputada y de qué manera esa conducta podía configurar el delito de lesiones gravísimas.
Para la jueza Glibota, esa falta de precisión afecta directamente el derecho de defensa, ya que una imputación debe ser clara, concreta y circunstanciada. La magistrada señaló además que, aunque la investigación todavía se encuentre en una etapa inicial y existan pruebas pendientes, eso no exime a la Fiscalía de explicar con precisión el hecho que atribuye y su relación con la calificación legal elegida. Por ese motivo, declaró nula la declaración de Ojeda realizada el 11 de junio y los actos procesales posteriores que se desprendieron de ella.
La investigación continúa y Ojeda volvió a declarar
La resolución no significa que Lidia Ojeda haya sido declarada inocente ni que la causa haya quedado cerrada. La Cámara dispuso que las actuaciones regresen a la Fiscalía de Investigación N.º 4 de Sáenz Peña para continuar con el proceso y realizar una readecuación del hecho. En ese marco, este viernes Ojeda fue nuevamente llevada a Fiscalía, donde se le tomó una nueva declaración de imputada y se reformuló la acusación.
La investigación busca determinar qué ocurrió durante la atención médica que recibió el joven, cuyo cuadro evolucionó hasta un shock séptico, fallas multiorgánicas y finalmente la amputación de su pierna izquierda. La Fiscalía sostiene la imputación por lesiones gravísimas y vincula el caso con la presunta usurpación de título y honores por parte de Ojeda.
Desde la defensa, sin embargo, volvieron a cuestionar la forma en que fue planteado el nuevo hecho. El abogado César López sostuvo que la acusación continúa sin precisar cuáles eran las maniobras que Ojeda debía realizar para evitar la pérdida de la pierna y afirmó que, pese a la readecuación ordenada por la Cámara, persisten los defectos señalados en la resolución judicial.
Qué sostiene la defensa
Los defensores también habían puesto el foco en la intervención que tuvo Ojeda durante la atención del joven. Según su planteo, E. había sido atendido inicialmente por Estefanía Pintos, quien declaró ante la Fiscalía que el 3 de abril lo había examinado, indicado medicamentos y dispuesto la aplicación de una vacuna antitetánica.
De acuerdo con la versión de la defensa, Ojeda intervino posteriormente y se limitó a indicar diclofenac para el dolor y continuar con el tratamiento que ya había sido indicado. Los abogados también cuestionaron que existieran elementos suficientes para sostener el peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación y reclamaron la falta de mérito y el cese de la prisión preventiva.
Ahora, tras la nueva declaración y la readecuación del hecho, comenzará a correr un plazo de 10 días desde el lunes para que se resuelva la situación procesal de Ojeda. López anticipó que la defensa espera que vuelva a dictarse la prisión preventiva y adelantó que, de ocurrir, presentarán un nuevo recurso de apelación para intentar dejarla sin efecto.
La causa, de esta manera, continúa abierta con la imputación por lesiones gravísimas mientras la Justicia deberá avanzar sobre las pruebas pendientes y precisar la conducta que se atribuye a Ojeda. El punto central establecido por la Cámara no fue determinar su responsabilidad penal, sino garantizar que la acusación describa de manera concreta qué hecho se le reprocha y por qué ese hecho podría configurar el delito investigado.





