El Chaco ahora cuenta con la ley 4250-J, que incorpora la figura de los contenidos digitales manipulados o sintéticos al Código de Faltas y actualiza el Código Procesal Penal para fortalecer la respuesta frente a este tipo de delitos.
La normativa prevé sanciones para quienes creen o difundan, sin consentimiento, imágenes, videos o audios falsos de carácter íntimo o sexual, incluidos aquellos generados o modificados mediante inteligencia artificial, cuando sean utilizados para afectar la dignidad, la intimidad, la reputación o la integridad de una persona.
Además, establece nuevas herramientas para agilizar las investigaciones, como la preservación de evidencia digital, la posibilidad de realizar denuncias electrónicas y la facultad de ordenar el bloqueo o la eliminación de contenidos considerados perjudiciales.
El objetivo es adecuar la legislación a las nuevas modalidades de violencia digital y brindar mayores mecanismos de protección frente al uso malicioso de las tecnologías y la IA.
Con esta actualización también se busca fortalecer la capacidad de actuación de la Justicia ante ciberdelitos y mejorar la protección de las personas afectadas por este tipo de prácticas.




