El juez federal de Paraná, Daniel Edgardo Alonso, rechazó un pedido de habeas corpus presentado contra el DNU N.º 941/2025, el cual otorga nuevas y polémicas facultades a la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE).
El decreto introduce cambios profundos en la Ley Nacional de Inteligencia, habilitando al organismo a realizar detenciones sin necesidad de una orden judicial, una práctica que anteriormente tenía expresamente prohibida. Además, la normativa redefine las actividades de inteligencia como "encubiertas" en lugar de "secretas" e impone a los organismos públicos la obligación de intercambiar información estratégica con la SIDE.
Al rechazar la presentación "in límine", el juez sostuvo que no se logró acreditar una "amenaza cierta, concreta e inminente" contra la libertad ambulatoria de los ciudadanos. Alonso calificó la acción promovida por un grupo de abogados como "inconducente", argumentando que los planteos sobre posibles detenciones arbitrarias eran de carácter conjetural e hipotético y no una afectación actual.
Los abogados denunciantes, entre ellos los letrados Rubén Pagliotto, Raymundo Kisser y el constitucionalista Armando Rafael Aquino Britos, sostienen que el DNU vulnera garantías constitucionales fundamentales. Según su argumentación, la concesión de tales poderes operativos a la inteligencia estatal representa una limitación peligrosa a la libertad personal sin la intervención de una autoridad competente.
En el ámbito político, la oposición peronista busca estrategias para derogar el decreto en el Congreso, aunque enfrentan trabas reglamentarias para sesionar en el periodo extraordinario. Mientras tanto, otras presentaciones judiciales por vía de amparo han intentado frenar la medida, pero hasta el momento ninguna ha obtenido resultados favorables en los tribunales.





