La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia declaró inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la Obra Social Unión Personal (UP), obligándola a cumplir con la cobertura total del tratamiento con el fármaco Voxzogo para un niño con acondroplasia.
El caso gira en torno a un niño menor de edad, representado por su padre, quien requiere de la medicación Voxzogo (Vosoritide) para tratar su condición. La obra social se había negado previamente a cubrir el tratamiento, argumentando el alto costo del medicamento y una supuesta falta de evidencia científica que justificara su uso.
El conflicto ya había sido resuelto legalmente el 27 de mayo de 2025, cuando la misma Cámara Federal revocó una decisión de primera instancia y ordenó a UP proporcionar la medicación de forma completa. Ante el incumplimiento persistente, el juzgado de origen intimó a la obra social en junio, bajo un apercibimiento de aplicar una multa diaria de $100.000 hasta que regularizara la situación.
La obra social apeló esta intimación sosteniendo que el costo multimillonario del fármaco, catalogado como el más caro del mundo, generaba un quebranto financiero para la institución y una situación de desigualdad para el resto de sus afiliados. Sin embargo, el tribunal de alzada consideró que su recurso era improcedente, ya que la providencia apelada era una simple advertencia para compelir al cumplimiento de una sentencia que ya estaba firme.
El fallo enfatizó que las cuestiones de fondo sobre la obligación de cobertura ya habían sido zanjadas en la sentencia firme de mayo. Con esta resolución, la Cámara Federal de Resistencia no solo confirmó la intimación y la amenaza de aplicar las multas (astreintes), sino que también impuso las costas del recurso a la obra social vencida.





